SI TENGO UN ACCIDENTE Y EL OTRO CONDUCTOR SE DA LA FUGA, ¿QUÉ HAGO? (((importante)))

Pocas cosas en el mundo hacen salir a tu ser más malvado que
verse involucrado en un accidente y que el perdido canalla que lo ha
provocado se de a la fuga. Mientras tú estás invocando a alguna que otra
meretriz que bien podría ser pariente suya, él malhechor se va de rositas para
que te comas la incidencia, y todo lo que ello acarrea. ¿Quién paga los daños?
¿Quién se hace cargo de todo el estropicio? Bien, eso es lo que trataremos de
averiguar en los siguientes párrafos.
Los accidentes donde alguien se da a la fuga son algunos de
los peores que uno puede sufrir en sus carnes. En verdad, cualquier accidente
que no sea por tu culpa es un baño de la gélida agua del Ártico. Porque tanto
en un atropello con fuga como en un accidente con fuga, la persona que infligió
el daño no está dispuesta a dar un paso al frente y asumir la responsabilidad.
Ahora bien, localizar al infractor y recibir una compensación merecida depende
en gran medida de lo que uno ya haga tras asumir el golpe.
¿Qué es lo primero que debemos hacer en caso de un accidente
con conductor a la fuga?
Lo primero es lo primero: evita que el otro conductor se dé
a la fuga. Si ha sido imposible, toma una serie de fotografías de su
vehículo y guarda todos los detalles sobre la incidencia, incluidos
dónde estabas cuando fuiste golpeado, cuál ha sido la gravedad del impacto, y
la fecha y la hora en la que descubriste los daños (en caso de estar
estacionado en ese momento). Si el coche lo tenías aparcado en la calle o en un
parking público cuando ocurrió el accidente, busca cámaras de vídeo en el área
que pudiesen haberlo captado.
Si, por casualidad, viste al conductor que te golpeó, se
sensato y actúa de igual forma, guardando toda la información que tengas a tu
alcance, como características físicas sobre él o ella y del vehículo que
conduce (marca, modelo, color, matrícula, golpes…). ¿Puede haber alguien
cerca que quizá haya visto lo que sucedió? Si es así, habla con ellos y
pide que compartan los detalles de lo que presenciaron, así como su contacto.
Te ayudarán con los detalles y tanto el perito de la aseguradora como los
agentes de la ley podrán disponer de una declaración firme.
Y mencionando a estos últimos, el siguiente paso a seguir
es llamar a las autoridades. No toques ni muevas nada hasta que lleguen al
lugar del siniestro. Abrirán primero un parte de accidentes y luego una
investigación para intentar de localizar al conductor fugado, de ahí la importancia
de no tocar ni mover nada. Cuando la policía o la Guardia Civil acuda al lugar
de los hechos y les hayas comentado lo ocurrido, contacta con tu
aseguradora y haz lo propio, ellos te guiarán en base a las condiciones de
tu póliza (en una de tipo todo riesgo se incluye en la tarifa).
En última instancia, con lesiones o sin ellas, por tu bien
que lo mejor es acudir a un servicio de urgencias o a un centro sanitario.
Hazlo en un plazo máximo de 72 horas desde que tuvo lugar el siniestro, ya que
si después surge cualquier problema de salud será muy difícil demostrar que las
lesiones han sido provocadas a consecuencia del siniestro.
¿Quién cubre los daños ocasionados en caso de huida?
Por norma general, tanto el Consorcio de Compensación
de Seguros (explicado abajo) como la aseguradora del vehículo son los
encargados de los costes derivados de un siniestro, aunque hay algunas
excepciones que dependen del contrato que tengas firmado. En pocas palabras, si
tienes plena consciencia de que no hay errado en ningún momento para haber
llegado a esa situación, no tendrás que preocuparte por abonar el dinero del
accidente.
Si el conductor fugado aparece (aunque ya hayamos presentado
la documentación pertinente) puedes demandarle. De haber daños materiales,
se puede optar por la civil. En este caso, el plazo para interponerla es de un
desde el momento del accidente. Eso se traduce en cosas como que el importe de
los daños del vehículo, de la calzada y de cualquier otro cargo para el
afectado, serán abonados por la persona infractora.
En la situación de haber daños personales, lo que puedes y
debes de hacer es demandarle, bien por la vía civil o la penal (alcoholemia,
drogas, conducción temeraria, etc.). Interponerla tiene un pazo seis meses
desde el día del siniestro, y valorar la compensación corresponde a un perito
médico especialista en daños corporales, es decir, en base a las lesiones
físicas y/o psicológicas derivadas del accidente.
¿Y si el coche que se dio a la fuga no tiene seguro o es
robado?
En ese caso, el organismo se haría cargo de la indemnización
y se encargará de arremeter contra el causante del siniestro. Pero puede darse
el caso que el causante del incidente no disponga de todos los papeles en regla
porque, simplemente, el vehículo es robado. No hay cambio, de nuevo es el
consorcio el encargado de indemnizar por los daños que hayan sufrido
las personas y los bienes, no los de aquellas personas que voluntariamente
ocupaban el vehículo prestado sin permiso que provocó el siniestro.
¿Y si fui yo el que se dio a la fuga en el accidente?
Ajenamente a lo degradante que puede ser a nivel moral
cometer la acción de darse a la fuga tras un accidente o un atropello, si te
ves en la tesitura, no te lo plantees nunca. Si el golpe ha sido relativamente
leve y no ha habido ningún herido, la sanción va por vía administrativa, es
decir, una multa monetaria. Por el contrario, si hay algún herido o fallecido,
y para colmo has consumido alcohol o sustancias estupefacientes, desearás que
nunca te echen el guante: es un delito penal, con una condena de hasta
cuatro años de cárcel.
¿Y si el accidente ha sido un atropello con coche a la fuga?
Antes de hacer cualquier otra cosa, llama a emergencias (911)
para que puedas recibir atención médica cuanto antes. No será el mejor de los
momentos: estarás cabreado, desorientado, algo confundido y, posiblemente,
dolorido. Aun así, mente fría. Escribe todo lo que puedas recordar sobre el
coche que te golpeó, cualquier cosa puede ser útil, por pequeña que sea.
Intenta hacer memoria también para ubicarte respecto al conductor antes del
accidente y toma todas las fotos que puedas, tal vez puedan ayudarte más tarde
a refrescar la memoria.
¿Cómo se interpone una denuncia por darse a la fuga en
accidente?
A pesar de que el cobarde del conductor motivador del golpe
se haya dado a la fuga, ello no debe suponer ningún tipo de problema para interponer
una denuncia contra él (aunque no dispongamos de apenas información).
Luego, lo recomendable es pasar el problema a un bufete de abogados
especializado. En este punto se valora contra quién se lucha y si es posible
hacerlo sin las pruebas suficientes. Llegados aquí, se presentan dos
situaciones:
Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)
Una vez resueltas las prioridades, el Consorcio de
Compensación de Seguros (CCS) es la entidad al cargo de pagar las
indemnizaciones por lesiones, aunque a ellas o se acogen los daños materiales.
Es la alternativa más recomendable para reclamar ante el Consorcio es a través
de la propia compañía aseguradora o de un abogado especializado, sin perjuicio
de que puedas hacerlo por cuenta propia, claro está. Lo negativa es que el
Consorcio es muy exigente con la documentación.
Los límites en cuanto a los gastos que cubre el CCS están
regulados por la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en su artículo 11,
quedando establecidos de la siguiente manera:
Daños materiales, hasta 15 millones de pesos por siniestro.
Asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria, sin límites
hasta la total consolidación de las secuelas, habiendo justificado debidamente
dichos gastos.
Gastos de entierro y funeral, hasta la cuantía que se
justifique.
Sin embargo, debes saber que en los casos en los que no se
identifica al conductor que se dio a la fuga, el CCS únicamente se hace
responsable de los daños personales, no de los materiales, salvo aquellos que
sean de mayor gravedad fijando una franquicia de 500 pesos. Eso significa
que, si la suma total de los daños es inferior a esa cantidad, el CCS no lo
cubre. Con posterioridad, será el propio organismo el encargado de reclamar la
cuantía a la que asciendan los daños al conductor fugado.
Conclusión: no te precipites, se cauto y actúa con
criterio. Lo primero que hay que comprender es que, cuando está involucrado en
un accidente con fuga, muchos de estos casos casi nunca se resuelven porque la
policía no encuentra a la persona que cometió el delito. Los accidentes de
atropello y fuga son de hechos delitos penales y, en caso de
encontrar al conductor, tendrá que acudir a juicio y quedar sujeto a cargos
penales, así como a sanciones civiles y económicas en el caso de existir
lesiones.





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